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Legislación de Patrimonio

Legislación de Patrimonio

Introducción

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, delimita las competencias que deben tener las cuatro instituciones insulares del archipiélago. De este modo, entre las que se enumeran en el artículo 70.6, figuran las de patrimonio monumental, cultural, histórico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico, así como el depósito legal de libros.

Estas competencias ya se habían traspasado anteriormente a los consejos mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias en materia de patrimonio histórico, promoción sociocultural, animación sociocultural y depósito legal de libros.

El Consell Insular de Formentera, constituido en julio de 2007, asume plenamente y de manera efectiva las competencias que le corresponden a partir del 1 de enero de 2008 Entre dichas competencias, tal y como figura en la disposición adicional primera de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre de medidas tributarias y administrativas, figuran las de patrimonio histórico y cultura.

Marco legal

Además de las leyes mencionadas anteriormente, las actuaciones en materia de patrimonio histórico deben estar regidas por un texto que debe considerarse primordial en nuestra comunidad autónoma. Se trata de la Llei 12/1998, de 21 de desembre,  del patrimonio histórico de las Islas Baleares, que constituye la herramienta jurídica básica que permite establecer el régimen de protección de los bienes patrimoniales, así como definir claramente las responsabilidades de las diferentes partes administrativas.


A partir de la Ley 12/1998, a fin de dar cumplimiento a algunos de sus artículos, se han elaborado otros documentos legales que profundizan y concretan en determinados títulos. De este modo, cabe destacar las siguientes:


Cabe destacar, también, otra herramienta clave de gestión en nuestro territorio insular: el Catálogo Inventario del Patrimonio Cultural de Formentera, tramitados conjuntamente con la aprobación inicial de las Normas Subsidiarias.

Se trata de dos documentos abiertos, ya que se encontrarán en constante actualización. Ambos se han elaborado a lo largo de 2009 El Inventario recoge prácticamente la totalidad de los bienes patrimoniales, a fin de documentar su existencia y el estado de conservación. A partir de la información recogida en el Inventario, se constituye el Catálogo, que recoge aquellos bienes más destacados por sus características, estado de conservación o porque constituyen un ejemplar muy representativo de un tipo concreto de bien, por lo que se consideraron merecedores de un esfuerzo de conservación.



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