Subvenciones para la rehabilitación de paredes de piedra seca, soterramiento de líneas y restauración del patrimonio cultural

Pou MarianetEl Consell de Formentera, a través de las áreas de Patrimonio y Medio Rural, informa que próximamente se convocarán las bases para la concesión de subvenciones encaminadas a rehabilitar paredes de piedra seca, a soterrar líneas eléctricas y telefónicas y realizar intervenciones de restauración, conservación, consolidación y rehabilitación en bienes del patrimonio cultural en el ámbito territorial de Formentera aprobadas por la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario el 9 de marzo de 2017 y las bases de las que se publicaron en el BOIB el 21 de marzo del 2017.

Requisitos para solicitar la subvención
Podrán solicitar subvenciones para la rehabilitación de paredes de piedra seca y para llevar a cabo intervenciones en elementos del patrimonio cultural las personas el régimen sea de utilización tanto en propiedad como alquiler, o de otras formas de disfrute.

Asimismo, podrán solicitar subvenciones para el soterramiento de líneas eléctricas y/o telefónicas existentes, las agrupaciones de afectados o interesados ​​que se constituyan como tales y nombren un representante para canalizar sus actuaciones con la Administración.

Porcentajes e importes máximos subvencionables
Para la rehabilitación de paredes de piedra seca y sustitución de paredes de materiales poco adecuados se subvencionará hasta un 60% del coste de la intervención, y 40 €/m2 para las obras que sean ejecutadas por el mismo propietario, con un máximo de 15.000 €. Por enterramientos de líneas eléctricas y telefónicas existentes se cubrirá hasta un 20% del presupuesto de ejecución previsto con un máximo de 60.000 €.

En intervenciones en bienes del patrimonio cultural, los bienes declarados BIC, BC o con protección A en el Catálogo tendrán cobertura de hasta un 90% del presupuesto de la intervención con un máximo de 50.000 €. Los bienes con protección B hasta un 60% del presupuesto de la intervención con un máximo de 30.000 €. Los bienes con protección C hasta un 50% del presupuesto de la intervención con un máximo de 25.000 €. Finalmente, los bienes del Inventario serán subvencionados hasta un 40% del presupuesto de la intervención con un máximo de 15.000 €.

Además de los costes derivados de la ejecución de las obras, también se considerarán gastos subvencionables los importes derivados de redacción de proyectos y de realización de estudios históricos y de la evolución constructiva de los inmuebles.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Atención a la Ciudadanía, calle Ramon Llull n.6, dentro del plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOIB. Las solicitudes que se presenten fuera del plazo anteriormente establecido, serán excluidas y se archivarán.

Obligación de los beneficiarios
Los beneficiarios de estas subvenciones se comprometen a poner en un lugar visible de la pared objeto de la subvención, la placa que les entregue el Consell. En caso de no cumplir esta obligación, se podría denegar la subvención.