La herencia del antiguo PTI de Ibiza y Formentera

consell2013 webA raíz de la controversia pública surgida respecto a determinadas obras que se llevan a cabo en la zona de Punta de sa Gavina en Formentera, el Consell Insular de Formentera informa a los ciudadanos de lo siguiente:

El año 2007 en el Ayuntamiento de Formentera había en trámite 19 expedientes de nuevas edificaciones ubicadas en zona ANEI que quedaron suspendidas de tramitación por el decreto 1/2007 aprobado por el Gobierno de las Islas Baleares.

Estos 19 proyectos ubicados en zona ANEI y presentados hasta el año 2007, se habían hecho en base a la normativa aplicable y en vigor en aquellos momentos, que no era otra que el PTI de Ibiza y Formentera aprobado por el PP en el antiguo Consell de Ibiza y Formentera, en el año 2005.

El Plan Territorial de Ibiza y Formentera permitía entonces la edificación de parcelas de 35.000 m2. Lo que suponía que se pudieran construir hasta 600 m2 en caso de parcelas de 50.000 m2 o superiores.

El Consell de Formentera aprobó definitivamente el nuevo Plan Territorial Insular de Formentera en septiembre de 2010, rebajando los parámetros edificatorios en estas zonas y dejando edificar sólo por motivos hereditarios, para evitar así la especulación con este tipo de terrenos, así como declarar inedificables las zonas incluidas, además, dentro de la Red Natura 2000.

Este planeamiento incluyó en su disposición transitoria, siempre desde el rigor técnico y jurídico amparado por los asesores de la institución en este campo, por respeto a la legalidad, los derechos de los ciudadanos y el bien público, tanto los expedientes que habían quedado suspendidos por la tramitación de las propias normas como aquellos suspendidos por el Decreto-ley 1/2007, de suspensión de los expedientes afectados por ANEI. En esta disposición se rebajó la edificabilidad hasta 400 m2 como máximo, y como marca la ley, sólo para estos expedientes que estaban en trámite en el año 2007, antes de la entrada en vigor del decreto 1/ 2007, reduciendo significativamente los parámetros de edificabilidad, así como, por otra parte, dando seguridad jurídica a los administrados, principio básico de la función pública.

Esta disposición afecta 19 expedientes afectados por ANEI, no sólo los cuatro que han trascendido públicamente y el Consell los ha gestionado todos con transparencia y sujeción al derecho y legislación. Las Normas de Formentera han cumplido escrupulosamente lo que determinaba el Decreto-Ley 1/2007 del Gobierno Balear porque ha fijado las nuevas condiciones dentro ANEI y ha creado un régimen transitorio para aquellas solicitudes en trámite.

El Consell de Formentera, sin negar el impacto que estas construcciones representan para el territorio, ante la imposibilidad de denegar las licencias, ha actuado para mitigar los impactos que estas construcciones hubieran tenido en caso de haberse mantenido los parámetros edificatorios anteriores, reubicando también la zona de construcción en lugares más retirados de la línea de costa y de menor visualización, así como haciéndolos cumplir con un estricto plan de integración paisajística.

Dentro de las posibilidades legales y normativas de las que dispone el Consell Insular de Formentera, ha cumplido la ley tramitando aquellos expedientes que estaban en trámite avanzado, antes de la suspensión de procedimientos decretada por el Gobierno Balear en el año 2007 y a la vez ha obligado a adaptar estos proyectos a los parámetros de la nueva normativa urbanística de Formentera, mucho más restrictiva que la anterior. De esta manera, el Consell de Formentera vela por la conservación de nuestro territorio y para rebajar de manera significativa y efectiva los posibles impactos negativos que pueden tener las nuevas construcciones sobre nuestro paisaje.